Los delincuentes se retiraron, el asalto había terminado, pero otra historia daba comienzo. En esos momentos uno pierde el rumbo, pierde la facultad de analizar, de razonar, uno se ve superado y llevado por la situación. La historia que comenzaba a partir de que los delincuentes cerraron la puerta de mi casa, -ahora alejado en el tiempo-, es igual a la que vivi durante el asalto y peor por lo que representa y por su interminable duración en el tiempo. Los asaltantes fueron dos y estuvieron 30 minutos, la parafernalia policial y judicial incluyo la invasión total de mi domicilio, no menos de 20 policias y funcionarios judiciales entraron y permanecieron allí, como si fuese un velorio, solo caras compungidas, pesames y ninguna solución. Esperar hasta las 4 de la mañana que la policía científica llegara y levantara rastros. Realizar la denuncia contando una y mil veces lo sucedido a cada uno que preguntaba. Aportando una pista, que fue desechada de plano por el capitán a cargo, expresando textualmente: “ese es un croto”, cuando se le da el nombre de un sospechado delincuente local al cual se había visto a los pocos minutos y cerca de mi domicilio con una especie de maletín negro (seria la notebook que los asaltantes se llevaron?), pues eso ya nunca lo sabremos. Cuando la investigación a cargo de la policía comunal y no de la DDI (organismo especifico de investigación), lleno hojas y hojas sin resultado alguno, comenzaron las teorías de culpabilidad de la propia victima, tendrían esa suma de dinero? Lo habran hecho por el seguro? Se están separando y uno le robo al otro? No serian los hijos los que planearon el robo? etc. Todo ello para tapar cuanto menos la negligencia y/o impericia de la investigación.
martes, 26 de enero de 2010
martes, 19 de enero de 2010
Aquel 07 de mayo de 2009: Primera parte.
El dia 07 de mayo de 2009 a las 19:45 horas me encontraba en mi estudio juridico, cuando soy asaltado a mano armada por alguien que se presenta como cliente. Dos personas una de ellas armada me reducen en mi oficina, luego de un contacto telefonico me sacan a la calle a punta de pistola y me llevan a mi domicilio particular distante unos 10 metros, alli reducen a mi señora y proceden a dar vueltas toda la casa hasta encontrar lo que habian venido a buscar. A las 20:15 los asaltantes se retiraban de mi casa, -previo dejarnos encintados de pies y manos-, por la puerta delantera. Mi casa y oficina estan ubicadas sobre calle Avellaneda, practicamente pleno centro y a escasos 100 metros en linea recta de la comisaria local. Dicha calle junto con saavedra contituyen los lugares por donde todos los patrulleros convergen a la comisaria local. A doscientos cincuenta metros hay una camara de seguridad que segun la propaganda de quienes la pusieron permite ver la cara de una persona a 500 o 600 metros. En el momento que los asaltantes cierran la puerta de entrada de mi casa, mi señora aun atada de pies y manos, en un teléfono que se encuentra colgado en la pared logra aun con las manos encintadas marcar el 911. Al cabo de no mas de 2 minutos suena el timbre de mi casa cuando procedo a abrir se trataba del Comisario quien conjuntamente con el ayudante del fiscal y otros funcionarios policiales acceden a mi casa. Mi señora sale a la vereda y observa como habia unos 8 o 10 moviles policiales y unos al menos 20 efectivos enfrente de nuestra casa. Pregunta: ¿a nadie de los funcionarios policiales se le ocurrió que habiendo pasado solo 2 minutos los asaltantes aun estaban en la calle y proximos a mi domicilio? ¿Que se supone que hacian todos los moviles frente a mi domicilio? ¿No indica el procedimiento policial barrido y rastrillaje?
lunes, 18 de enero de 2010
De quien depende la seguridad?
La seguridad depende totalmente de la policia? Pues evidentemente no, la función policial solo implica prevención del delito.
La seguridad depende totalmente del Poder Judicial? Tampoco, la función judicial solo implica la represión supuestamente organizada del delito.
La seguridad depende totalmente del Poder Legislativo? Tampoco, la función legislativa solo implica crear el marco legal de represión supuestamente organizada del delito.
La seguridad depende totalmente del Poder Ejecutivo? Tampoco, la función ejecutiva solo implica crear el marco político para la prevención y represión supuestamente organizada del delito.
La seguridad depende totalmente de la comunidad? Tampoco, la función de la comunidad solo implica la posibilidad de protestar cuando la inseguridad ha sobrepasado los limites razonables de convivencia.
La seguridad depende de todos y cada uno de los actores nombrados, todos son engranajes de un solo mecanismo.
Cada uno debe cumplir dentro de su órbita la función que le cabe, sin invadir la esfera del otro, sin hechar las culpas al otro engranaje. Cada uno debe cumplirla de la mejor manera posible.
Cada engranaje deberá aceitar su funcionamiento, pulir y depurarse asi mismo.
Esa es la única forma que la seguridad vuelva a limites razonables y nos permita evolucionar como sociedad, sin miedos que la paralicen.
La seguridad depende totalmente del Poder Judicial? Tampoco, la función judicial solo implica la represión supuestamente organizada del delito.
La seguridad depende totalmente del Poder Legislativo? Tampoco, la función legislativa solo implica crear el marco legal de represión supuestamente organizada del delito.
La seguridad depende totalmente del Poder Ejecutivo? Tampoco, la función ejecutiva solo implica crear el marco político para la prevención y represión supuestamente organizada del delito.
La seguridad depende totalmente de la comunidad? Tampoco, la función de la comunidad solo implica la posibilidad de protestar cuando la inseguridad ha sobrepasado los limites razonables de convivencia.
La seguridad depende de todos y cada uno de los actores nombrados, todos son engranajes de un solo mecanismo.
Cada uno debe cumplir dentro de su órbita la función que le cabe, sin invadir la esfera del otro, sin hechar las culpas al otro engranaje. Cada uno debe cumplirla de la mejor manera posible.
Cada engranaje deberá aceitar su funcionamiento, pulir y depurarse asi mismo.
Esa es la única forma que la seguridad vuelva a limites razonables y nos permita evolucionar como sociedad, sin miedos que la paralicen.
viernes, 15 de enero de 2010
Tasa de seguridad
La tasa de seguridad implementada por el Municipio de General Juan Madariaga, al igual que todas las tasas lleva implícita la retribución de un servicio. Si abonamos la tasa y no se nos presta el servicio de seguridad podríamos reclamar la devolución de lo pagado? podríamos aquellos que hemos sido asaltados pedir al Municipio la eximisión del pago de la tasa de seguridad?. Legalmente seria difícil, aunque éticamente seria lo correcto. Si yo he pagado la tasa de seguridad y me roban, -resulta claro que el servicio no me ha sido prestado correctamente-, porque he de seguir pagandola? o porque no me han de regresar lo que pague por un servicio no prestado?.
La seguridad es un derecho o una obligacion?
Constitución de la Provincia de Buenos Aires de 1994.-
Nos, los representantes de la provincia de Buenos Aires, reunidos por su voluntad y elección, con el objeto de constituir el mejor gobierno de todos y para todos, afianzar la justicia, consolidar la paz interna, proveer la seguridad común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para el pueblo y para los demás hombres que quieran habitar su suelo, invocando a Dios, fuente de toda razón y justicia, ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución.
Artículo 10.- Todos los habitantes de la Provincia son, por su naturaleza, libres e independientes y tienen derecho perfecto de defender y de ser protegidos en su vida, libertad, reputación, seguridad y propiedad. Nadie puede ser privado de estos goces sino por vía de penalidad, con arreglo a la ley anterior al hecho del proceso y previa sentencia legal del juez competente.
Claramente se desprende que tenemos el derecho a la seguridad y que el estado tiene la obligación de proveer a la seguridad común.
La constitución nos da la clara perspectiva desde donde debemos analizar las situaciones.
PREÁMBULO
Artículo 10.- Todos los habitantes de la Provincia son, por su naturaleza, libres e independientes y tienen derecho perfecto de defender y de ser protegidos en su vida, libertad, reputación, seguridad y propiedad. Nadie puede ser privado de estos goces sino por vía de penalidad, con arreglo a la ley anterior al hecho del proceso y previa sentencia legal del juez competente.
Claramente se desprende que tenemos el derecho a la seguridad y que el estado tiene la obligación de proveer a la seguridad común.
La constitución nos da la clara perspectiva desde donde debemos analizar las situaciones.
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